De haberse contratado, el seguro de asistencia incluye las siguientes prestaciones:
I. Ayuda en caso de pérdida de medios de pago
Si durante el viaje la persona asegurada cae en situación de emergencia financiera debido al hurto, robo o extravío de sus medios de pago, el asegurador ayudará al asegurado a comunicarse con su banco. De no poderse establecer la comunicación con el banco antes de las 24 horas del día hábil subsiguiente a la notificación del siniestro, la persona asegurada podrá pedir al asegurador un préstamo de hasta 1.600 € por siniestro. |
|
El pago del préstamo sólo se realizará contra obligación incondicional, por escrito, de la persona asegurada a devolver el importe a más tardar 30 días después del pago. |
|
En caso de sospecha de un acto criminal como motivo del extravío, la persona asegurada deberá denunciar el hecho inmediatamente a la policía y solicitar un comprobante escrito de la denuncia policial. La persona asegurada está igualmente en la obligación de indagar en la oficina de objetos perdidos y presentar un comprobante de ello. |
|
Si durante el viaje la persona asegurada cae en situación de emergencia debido al hurto, robo o extravío de sus documentos de viaje, el asegurador le indicará los requisitos para expedir los duplicados que esta necesita para la continuación del viaje y le dará las señas de las oficinas encargadas. |
|
El asegurador reembolsará los costos de expedición de duplicados durante el viaje en el extranjero. La expedición de duplicados una vez finalizado el viaje no está incluida en la cobertura. |
|
En caso de sospecha de un acto criminal como motivo del extravío, la persona asegurada deberá denunciar el hecho inmediatamente a la policía y solicitar un comprobante escrito de la denuncia policial. La persona asegurada está igualmente en la obligación de indagar en la oficina de objetos perdidos y presentar un comprobante de ello. |
|
Si la persona asegurada corre riesgo de detención o está detenida, el asegurador la ayudará a encontrar un abogado y un intérprete. |
|
La persona asegurada pedir al asegurador un préstamo de hasta 12.000 € para pagar los costos procesales, los honorarios del abogado y el intérprete, o una fianza. |
|
El pago del préstamo solo se realizará contra obligación incondicional, por escrito, de la persona asegurada a devolver el importe a más tardar 30 días después del pago. |
|
En caso de fallecimiento, accidente grave o enfermedad inesperada y grave de un familiar, el asegurador organizará el viaje de retorno desde el extranjero, reembolsando los costos de transporte adicionales en tren o en avión (clase económica). Se entienden como familiares de la persona asegurada: cónyuges, hijos, padres, parejas de hecho (unión de hecho), compañeros sentimentales (uniones civiles del mismo sexo), madrastras/padrastros, hijastros, abuelos, nietos, hermanos, suegros, yernos/nueras y cuñados. |
|
En caso de un daños por incendio, catástrofes naturales o delito de terceros a la propiedad de la persona asegurada, el asegurador organizará el viaje de retorno desde el extranjero, reembolsando los costos de transporte adicionales en tren o en avión (clase económica). Condición necesaria para esta prestación es que se trate de un daño considerable en relación con la situación económica y el patrimonio de la persona asegurada, o que se requiera la presencia de la persona asegurada para la verificación del daño. |
|
La no utilización de esta prestación no implica el reembolso de la misma. Este seguro cubre un máximo de 2 siniestros por año asegurado. |
|
En caso de que durante la estancia en el extranjero la persona asegurada necesite tratamiento hospitalario por más de 5 días debido a lesiones graves por accidente o enfermedad grave e inesperada, el asegurador organizará a petición de la persona asegurada el viaje de ida y vuelta de una persona de confianza hasta el lugar donde se encuentra el centro hospitalario cubriendo los costos de transporte ferroviario o por avión (clase económica) desde su domicilio, así como de los costos de un alojamiento sencillo. La cobertura máxima es de 4.000 € por siniestro. |
|
Para ver las prestaciones exactas que incluye y excluye la cobertura, véanse las Condiciones Generales (inglés)
|
|
|
|
Para ver las exclusiones completas, consulta las Condiciones Generales del seguro de asistencia (inglés)
¿Tiene alguna pregunta?
Utilice nuestros formularios en línea y preguntas frecuentes o llámenos:
T.: +49 2247 9194-977